Pachuca, Hgo., 21 de marzo de 2024.-En el expediente 5/2024, un ciudadano del municipio de Lolotla impugnó la negativa del presidente municipal de expedir su nombramiento como delegado del barrio Tlaxcango.
En respuesta, el TEEH determinó sobreseer de plano el juicio ciudadano 41, ordenando a la autoridad responsable cumplir con los efectos precisados y vincular a los integrantes del ayuntamiento de Lolotla para supervisar su ejecución, con vista a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo.
Por otro lado, en el juicio ciudadano 14/2024, dos consejeras del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo plantearon diversas quejas, incluida la obstrucción a su función electoral derivada de la designación unilateral de dos encargadurías de despacho y omisión de información sobre violencia política de género.
El TEEH confirmó los oficios impugnados, sobreseyó parcialmente los juicios ciudadanos 14 y 32, En el presente asunto el TEEH declara la inexistencia de violencia política en razón de género dentro del juicio TEEH-JDC-032/2024, y desechar de plano el juicio 30, ordenando a la Consejera Presidenta del Instituto atender los efectos precisados en el fallo.
En el expediente 57/2024, una regidora de El Cardonal promovió un juicio ciudadano contra la negativa del ayuntamiento de otorgarle una licencia por tiempo indefinido para contender por un cargo público.
La resolución del TEEH revocó el acto impugnado y ordenó al presidente municipal de El Cardonal cumplir con los efectos dictados.
Finalmente, en el recurso de apelación 08, presentado por el Partido Acción Nacional contra el acuerdo IEEH/CG/024/2024, el TEEH confirmó el acuerdo impugnado.