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LXV Legislatura Aprobó a Creación de la Ley de Salud Mental y Prevención del Suicidio Para el Estado de Hidalgo

LXV Legislatura Aprobó a Creación de la Ley de Salud Mental y Prevención del Suicidio Para el Estado de Hidalgo

*Las y los diputados acordaron incorporar el término “geoturismo” a la Ley de Turismo Sustentable.

Pachuca, Hidalgo;  26 de junio de 2024.-En la sesión ordinaria 222, las diputadas y diputados aprobaron el dictamen que expide la Ley de Salud Mental y Prevención del Suicidio para el Estado de Hidalgo, que tiene como objetivo establecer las bases y modalidades para garantizar el acceso a los servicios de salud mental; regular los mecanismos adecuados para la promoción, prevención, evaluación, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y fomento de la salud mental en instituciones de salud pública.

El diputado Luis Ángel Tenorio Cruz, explicó que el ordenamiento jurídico busca definir los mecanismos y lineamientos para promover la participación de la población en el desarrollo de los programas de salud mental en la entidad, considerando de manera particular el tema de la prevención del suicidio.

Por su parte la legisladora María Fernanda Bautista Orozco resaltó que la ley establece que la salud mental y la prevención de adicciones serán prioritarias dentro de las políticas de salud, haciendo énfasis en el consentimiento informado, entendido como “la conformidad expresa de una persona manifestada por escrito, para la realización de un diagnóstico o tratamiento de salud”; con lo que la población usuaria cuenta sin lugar a dudas con el derecho de aceptar o rechazar el tratamiento respectivo

La normativa consta de 42 artículos divididos en 10 capítulos, que regulan las facultades de la Secretaría de Salud de Hidalgo.

Además, incluye nuevas disposiciones como la reglamentación del internamiento de personas con padecimientos mentales. También se contempla la intervención del DIF estatal y la Secretaría de Bienestar e Inclusión Social (Sebiso) para implementar políticas públicas dirigidas a personas en pobreza extrema o en situación de calle que vivan con trastornos mentales, discapacidades intelectuales o psicosociales.

La ley tiene un enfoque de género y va dirigida a tratar con dignidad y sin discriminación a los pacientes. A su vez, apuesta por evitar el aislamiento, permitiéndose únicamente en casos de protección de la salud pública, y tratar con respeto a todas las personas afectadas.

Otro aspecto contemplado es que tanto las clínicas públicas como las privadas deben evitar la estigmatización, los prejuicios, el uso de violencia, la exclusión social, la segregación y cualquier tipo de internamiento ilegal o arbitrario contra los pacientes. Además, se debe evitar la administración excesiva de medicamentos y tratamientos que no respeten la autonomía de las personas.

En caso de detectarse infracciones a la ley, el último capítulo contempla diversas sanciones que van desde amonestaciones y apercibimientos, hasta multas y arrestos de hasta 36 horas, así como la posibilidad de clausura temporal o definitiva del centro médico o lugar de internamiento.

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