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IEEH Asigna Diputaciones de Representación Proporcional Para Integrar la LXVI Legislatura de Hidalgo

IEEH Asigna Diputaciones de Representación Proporcional Para Integrar la LXVI Legislatura de Hidalgo

Pachuca, Hgo., 8 de agosto de 2024.-El Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), aprobó, durante la Primera Sesión Extraordinaria del Consejo General del mes de agosto, la Resolución de la asignación de las 12 Diputaciones Locales por el principio de Representación Proporcional que les corresponden a los Partidos Políticos de acuerdo con la votación que obtuvieron en la Jornada Electoral del pasado 02 de junio, esto, para la integración de la LXVI Legislatura del H. Congreso del Estado de Hidalgo.

Durante la Sesión, se explicó que, una vez resuelta la impugnación presentada sobre los resultados de la elección de las Diputaciones Locales de Mayoría Relativa, este Órgano Electoral se encontró facultado para llevar a cabo la asignación de las 12 curules por el principio de Representación Proporcional, y para ello, observó el principio de paridad de género con el propósito de hacer efectiva la igualdad sustantiva en la integración del Poder Legislativo del Estado de Hidalgo.

Asimismo, se dijo que con base en el Código Electoral y en aras de dar cumplimiento a los principios de paridad flexible, alternancia de género, igualdad sustantiva y no discriminación, así como el de auto organización de los Partidos Políticos, fueron determinadas las 12 asignaciones, lo que permitió constituir la segunda Legislatura plural e inclusiva en la historia del estado, traducido en la integración de 16 mujeres y 14 hombres, de los cuales, 8 personas son indígenas: 6 mujeres y 2 hombres; 1 persona joven, mujer; 1 persona de la diversidad sexogenérica, hombre; y 1 persona con discapacidad, mujer.

El listado de las 12 Diputaciones Locales por el principio de Representación Proporcional fue aprobado de la siguiente manera:

 

CONS.

PARTIDO POLÍTICO

FÓRMULA

LISTA

SEXO

GAP

PROPIETARIO

SUPLENTE

1

 

CLAUDIA LILIA LUNA ISLAS

BELEM ORTEGA ARAIZA

A

M

2

 

MARCO ANTONIO MENDOZA BUSTAMANTE

JULIO VARGAS HERNANDEZ

A

H

3

 

AVELINO TOVAR IGLESIAS

JOSE MANUEL MENDEZ HINOJOSA

A

H

4

 

FRANCISCO JAVIER TÉLLEZ SÁNCHEZ

FERNANDO AGUILAR RAMÍREZ

A

H

5

 

PABLO ARTURO GÓMEZ LÓPEZ

JOSÉ ANTONIO BRISEÑO MENDOZA

A

H

6

 

JORGE ARGUELLES SALAZAR

BENIGNO SANCHEZ NARANJO

A

H

7

 

JUANA OLIVIA ALARCON RIVERA

MARLEN YARENI TREJO PEREZ

A

M

8

 

ORQUIDEA LARRAGOITI OSORIO

OLGA NELLY HERNÁNDEZ PERALES

B

M

PI

9

 

JOHANA MONTCERRAT HERNANDEZ PEREZ

MIRNA ESMERALDA HERNANDEZ MORALES

B

M

10

 

MARIA GUADALUPE CRUZ MONTAÑO

ROSALBA MARTINEZ OLIVARES

B

M

PI

11

 

CARLOS ALEJANDRO ALCANTARA CARBAJAL

ALINE BETZABEL LÓPEZ HERNÁNDEZ

A

H/M

PDSyG

12

 

SELMA EUNICE CRUZ ORTEGA

NO APROBADA

A

M

PcD

La Resolución fue aprobada por mayoría de votos con el voto particular del Consejero Electoral Christian Uziel García Reyes, al considerar que luego de un análisis, la postulación de candidaturas bajo la figura de Candidaturas Comunes no cumple con el requisito de postulación individual que marca la norma para acceder al reparto de curules por el principio de Representación Proporcional; por su parte, la Consejera Electoral Miriam Saray Pacheco Martínez, emitió un voto concurrente al manifestar que no fue circulada la totalidad de la información con la que de origen fue calculada la asignación de Representación Proporcional en el Proyecto de Resolución.

 

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